30 DE OCTUBRE: DIA NACIONAL DEL TRABAJADOR CERAMISTA
En Argentina, el 30 de Octubre se celebra el «Día del Trabajador Ceramista» por Convenio Colectivo de Trabajo 150/75.
Queda establecido como «Día del Trabajador Ceramista», el 30 de octubre de cada año, fecha en la que no se prestarán servicios en los establecimientos de la industria. A los remunerados por día o por hora se les abonará, en adhesión a dicho día, un importe equivalente a una jornada normal y habitual de trabajo de día hábil. Todo aquel trabajador que por la naturaleza de sus funciones deba trabajar en ese día, estará autorizado para prestar servicios, y cuando el 30 de Octubre coincida con día hábil percibirá su jornal con el 100% (cien por ciento) de recargo. En caso de que coincida dicho día con un domingo, el recargo será del 200% (doscientos por ciento). AI personal mensualizado no se le efectuará descuento alguno por no trabajar ese dia y, en caso de así hacerlo, le corresponderá el adicional fijado en el párrafo anterior.

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